Animales peligrosos
La Ley (Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ley que se desarrolla con posterioridad en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo) y exige pasar un reconocimiento psicológico:
Documentación necesaria para el reconocimiento
Acreditación de identidad y residencia
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Requisitos para obtener la Licencia de Animales Potencialmente Peligrosos
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Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
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No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
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Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima que reglamentariamente se determine.
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Certificado de aptitud psicológica